jueves, 11 de octubre de 2012

La existencia universal del Derecho Administrativo

Históricamente se han dado dos sistemas posibles de sometimiento total de la Administración al Derecho. Con arreglo al Estado de Derecho, la Administración se encuentra sometida a la ley; pero esta ley no siempre ha sido la misma. En los países donde se daba el sistema del rule of law la Administración se sometía al Derecho privado. Lo contrario ocurría en los países del régimen administrativo, donde la Administración se encuentra sometida al Derecho Administrativo.

Derecho administrativo y ley

- En todos los países occidentales se da el Derecho administrativo


Se ha puesto suficientemente de manifiesto la quiebra absoluta de esta contraposición. Hoy no puede mantenerse que exista país alguno donde la Administración se encuentre sometida al Derecho privado. En todos los países occidentales se da el Derecho administrativo, y se da esta rama del Derecho porque en todos ellos nos encontramos con una serie de normas presididas por la idea de coordinar las prerrogativas de la Administración con las garantías de los particulares. No puede, por tanto, mantenerse en la actualidad la existencia de dos sistemas de sometimiento de la Administración al Derecho, que constituyen únicamente un simple recuerdo histórico.

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Fuente:
Curso de Derecho Administrativo, Rafael Entrena Cuesta.