jueves, 22 de noviembre de 2012

Límites de la potestad reglamentaria (IV): publicidad e irretroactividad de los reglamentos

Analizamos dos de los límites a la potestad reglamentaria: la publicidad, y la irretroactividad de los reglamentos.

Reglamento y Derecho Administrativo

- Publicidad de los reglamentos


Los reglamentos, elaborados conforme al procedimiento previsto, para alcanzar eficacia necesitan del requisito de la publicación.

Este requisito, exigido por el artículo 52 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común, consiste en la inserción de su contenido íntegro en el Diario Oficial que corresponda, por razón de la Administración pública que lo haya dictado.

- La irretroactividad de los reglamentos


El reglamento, como cualquier norma jurídica, puede producir efectos con carácter retroactivo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 2.3 del Código civil. Esta, que es la regla general, encuentra sin embargo, una excepción en el artículo 9.3 de la Constitución española, precepto que prohíbe la retroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de los derechos individuales.

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- Artículos relativos al reglamento


+ Concepto de reglamento

+ Clases de reglamento

+ Límites de la potestad reglamentaria (I): competencia

+ Límites de la potestad reglamentaria (II): jerarquía normativa

+ Límites de la potestad reglamentaria (III): procedimiento de elaboración del reglamento

+ El principio de inderogabilidad singular de los reglamentos

+ Relaciones entre reglamento y ley

+ Circulares, instrucciones y órdenes de servicio 

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Fuente:
Apuntes de Derecho Administrativo de María Zambonino Pulito, Catedrática de Derecho Administrativo en la Universidad de Cádiz.