sábado, 2 de marzo de 2013

Capacidad de obrar en Derecho Administrativo

Para intervenir en relaciones jurídico-administrativas y actuar válidamente ante la Administración, el ciudadano ha de tener capacidad de obrar. La capacidad de obrar puede definirse como la aptitud de un sujeto para hacer valer sus derechos e intereses, celebrar actos jurídicos, contraer y cumplir obligaciones y ejercitar acciones; en otras palabras, es la aptitud de participar activa y directamente en la vida jurídica de manera individual y personal.

Capacidad de obrar y Derecho Administrativo

- ¿Quiénes tienen capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas para ejercer y defender sus derechos e intereses?


Ante las Administraciones públicas tienen capacidad de obrar para el ejercicio y defensa de sus derechos e intereses no sólo las personas que la ostentan con arreglo a las normas civiles. En Derecho Administrativo, de acuerdo con el artículo 30 LPAC, la capacidad de obrar es más amplia, extendiéndose a los menores de edad cuya actuación esté permitida por el ordenamiento jurídico-administrativo, sin la asistencia que ejerza la patria potestad, tutela o curatela. Su exceptúa, sin embargo, el supuesto de los menores incapacitados, si dicha incapacitación afecta el ejercicio y defensa de los derechos o intereses de que se trate.

- Circunstancias modificativas de la capacidad de obrar en Derecho Administrativo


Esta es la situación genérica. Ahora bien, sobre esta situación de partida, las normas sectoriales amplían o restringen la capacidad en atención a circunstancias específicas. Las circunstancias modificativas de la capacidad de obrar en Derecho Administrativo son muy variadas, pudiendo sistematizarse como sigue:

+ Nacionalidad, vecindad administrativa y domicilio


Nacionalidad (derecho de voto, acceso a la función pública), la vecindad administrativa (derechos políticos, aprovechamiento de bienes comunales, tarjetas especiales de aparcamientos), el domicilio (para ser titular de derechos o deberes en relación con una Entidad pública con jurisdicción sobre el territorio en que aquel radique).

+ Circunstancias personales modificativas de la capacidad de obrar


Edad (función pública, carnet de conducir), enfermedad (función pública).

+ Circunstancias jurídicas modificativas de la capacidad de obrar


Antecedentes penales de condena (contratación administrativa), pago de impuestos y cuotas de la Seguridad Social (contratación administrativa), buena conducta (determinadas autorizaciones o licencias).

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- Artículos relativos a los interesados en el procedimiento administrativo


+ La legitimación como cualificación para ser parte en un procedimiento administrativo

+ Concepto de interesado

+ Representación

+ Pluralidad de interesados y advertencia de nuevos interesados

+ Derechos del interesado: el art. 35 LPAC

+ Los deberes de colaboración y comparecencia de los ciudadanos

+ Principios de intervención de la Administración

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Fuente:
Apuntes de Derecho Administrativo de María Zambonino Pulito, Catedrática de Derecho Administrativo en la Universidad de Cádiz.