sábado, 26 de julio de 2014

Clases de relaciones jurídicas

La diversidad de relaciones que encontramos en la vida social, no todas ellas objeto de atención por el Derecho (relaciones de cortesía, amistad etc ...), nos da una idea de la amplitud de aquellas que, por ser objeto de normación jurídica, tienen la condición de relaciones jurídicas. En una aproximación sin especiales pretensiones de rigor, podemos decir que tienen el carácter de relaciones jurídicas las de mayor potencial de conflictividad interpersonal por su importancia ya sea económica, social, política etc, de ahí que su desarrollo no sea indiferente para asegurar la convivencia armónica, por lo que es preciso fijar unos cauces o parámetros con arreglo a los cuales deben desenvolverse y a los que es necesario recurrir para equilibrarlas en caso de conflicto.

Relaciones juridicas

- Diversidad de relaciones jurídicas


La diversidad de estas relaciones en atención a sus sujetos, objetos, etc determina que los criterios de tratamiento no puedan ser necesariamente los mismos, por lo que manteniéndose la misma estructura entre los diferentes tipos de relaciones jurídicas éstas sufren modulaciones que constituyen las diversas disciplinas jurídicas.

Encontramos así relaciones entre ciudadanos particulares de lo más diversificadas (desde las relaciones conyugales o paterno-filiales a las derivadas de la herencia o desde la relación de alquiler de vivienda al usufructo o la compraventa, las relaciones laborales etc ... ) que constituyen el amplio campo del Derecho privado con sus diversas especialidades (relaciones civiles, mercantiles, etc, objeto del Derecho civil, mercantil etc...) o las relaciones entre los ciudadanos y los poderes públicos entre las que son destacables la relación jurídico-administrativa, la relación tributaria, la relación procesal etc, objeto del Derecho público en sus múltiples especificaciones (Derecho administrativo, tributario, procesal etc.). De manera que cada rama jurídica se singulariza, de ordinario, en torno a un tipo o conjunto de relaciones jurídicas, sus criterios de ordenación y sus técnicas de actuación.

- La relación jurídico-administrativa


De entre la gran diversidad de relaciones jurídicas que existen, tiene especial interés a los efectos de nuestro curso, la relación jurídico-administrativa. De ahí que sea este tipo de relación al que nos referiremos fundamentalmente en el resto de la exposición.

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Fuente:
Apuntes de Derecho Administrativo I para la Licenciatura y el Grado en Derecho (Facultad de Derecho, Universidad de Cádiz) de María Zambonino Pulito.

Imagen: García Pi Abogados