miércoles, 10 de octubre de 2012

El concepto de Derecho Administrativo y Administración Pública

Para proporcionar un concepto de Derecho Administrativo, debe partirse de la definición de su supuesto, la Administración pública, cuyo origen se sitúa, de acuerdo con la doctrina mayoritaria, en un momento histórico concreto, el de la Revolución francesa y el advenimiento del Estado de Derecho, porque será a partir de que se formule el principio de separación de poderes cuando la Administración se somete plenamente al Derecho.

Derecho Administrativo y Administracion

- El principio de separación de poderes y de legalidad, presupuestos jurídico-políticos para el surgimiento de la Administración actual


El principio de separación de poderes y el principio de legalidad constituyen, pues, los presupuestos jurídico-políticos para que surja la Administración tal y como la entendemos en la actualidad. Principios que en nuestro país se expresaron por primera vez en las Cortes Generales y Extraordinarias reunidas en la Real Isla de León, a través del Decreto I, de 24 de septiembre de 1810.

En todo caso, definir a la Administración y, en consecuencia, el Derecho Administrativo, es una tarea que se ha demostrado de difícil realización, pero cuya utilidad no es en absoluto desdeñable pues la necesidad de delimitar lo administrativo de lo que no lo es tiene una relevancia práctica indiscutible a efectos de la determinación de la jurisdicción competente. En la búsqueda del criterio distintivo del Derecho Administrativo que permita diferenciarlo del resto de disciplinas jurídicas, los esfuerzos de la doctrina administrativista se comenzaron a realizar desde fechas tempranas. Y si bien es verdad que muchos de esos esfuerzos darían como resultado que criterios definidores se demostraran inservibles al no lograr el objetivo último perseguido, la aportación, en su conjunto, ha sido de indudable valor, pues ha permitido desentrañar y profundizar en importantes aspectos de nuestra disciplina, teniendo como resultado una rica elaboración dogmática de la misma.

Esta labor doctrinal, es la que nos permite expresar los conceptos de Administración pública y de Derecho Administrativo que se sustentan y que desarrollaremos más adelante.

- Definición de Administración pública y Derecho Administrativo


+ Administración pública


Así, en primer término, la Administración pública puede definirse como una organización del Estado, incardinada en el Poder ejecutivo, dotada de personalidad jurídica propia, a la que constitucionalmente se encomienda el servicio a los intereses generales en términos de objetividad y eficacia y con sometimiento pleno a la ley y al Derecho, y que se encuentra en una posición de subordinación o dependencia respecto de los restantes poderes que integran la estructura del Estado.

+ Derecho Administrativo


Por su parte, el Derecho Administrativo sería el ordenamiento jurídico público, común y normal, propio de las Administraciones Públicas, que regula su organización y su actividad, y que se constituye, hoy también, como un Derecho de aplicación a otros poderes del Estado, dada su especial idoneidad para la regulación de la relación jurídica entre el Poder público y los ciudadanos.

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- Artículos relativos al concepto de Derecho Administrativo


+ Notas que caracterizan a la Administración Pública

. La Administración es una persona jurídica

. La Administración es una organización

. La Administración tiene como fin el servicio a los intereses generales

. La Administración está sujeta al Derecho

. La Administración ocupa una posición de subordinación en el conjunto de poderes del Estado

+ El Derecho administrativo como ordenamiento jurídico público, común y normal

+ El Derecho administrativo es el Derecho propio de las Administraciones Públicas que regula su organización y actividad

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Fuente:
Apuntes de Derecho Administrativo de María Zambonino Pulito, Catedrática de Derecho Administrativo en la Universidad de Cádiz.