jueves, 21 de febrero de 2013

Principios procedimentales derivados del principio de eficacia (IV): el principio de oficialidad

El principio de oficialidad se contempla, de manera expresa, en el artículo 74 LPAC, en cuya virtud, el procedimiento administrativo, sometido al criterio de celeridad, se impulsará de oficio en todos sus trámites.

Oficialidad en Derecho Administrativo

Ello supone que la carga de promover la celebración de los trámites del procedimiento corresponde a la Administración, no a los interesados, recayendo sobre los titulares de las unidades administrativas y el personal al servicio de las Administraciones Públicas que tuviesen a su cargo la resolución o el despacho de los asuntos la responsabilidad de la tramitación puntual del procedimiento (artículo 41 de la Ley de Procedimiento). Ello sin perjuicio de la participación activa de los interesados en el procedimiento, cuestión de la que nos ocuparemos al hilo del análisis del principio de contradicción.

- Consecuencias al principio de oficialidad


Son consecuencias al principio de oficilidad, a título de ejemplo, la obligación de resolver en plazo (artículo 42 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común), la obligación de realización de oficio de los actos de instrucción (artículo 78.1 LPAC) y el deber de la Administración de abrir el período de prueba en los supuestos previstos en el artículo 80.2 LPAC.

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- Artículos relativos a los principios procedimentales en Derecho Administrativo


+ La importancia de los principios generales en el Derecho Administrativo

+ Principios procedimentales derivados del principio de eficacia (I): introducción

+ Principios procedimentales derivados del principio de eficacia (II): principios antiformalista, de celeridad y economía procedimental

+ Principios procedimentales derivados del principio de eficacia (III): el principio de imparcialidad

+ Principio in dubio pro actione

+ Principio de subsanabilidad de los actos de los interesados

+ Principio de contradicción

+ Principio de recurribilidad universal de los actos administrativos

+ Principios de publicidad y transparencia

+ Principio de gratuidad

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Fuente:
Apuntes de Derecho Administrativo de María Zambonino Pulito, Catedrática de Derecho Administrativo en la Universidad de Cádiz.