miércoles, 3 de julio de 2013

Cómputo de términos y plazos del procedimiento administrativo

Vamos a ver en esta entrada cómo se computan los términos y plazos en el procedimiento administrativo.

Plazos en el procedimiento administrativo

- Plazo fijado por días


+ Siempre que la Ley o la normativa comunitaria europea no indique otra cosa, se entiende que en los plazos expresados por días, estos son días hábiles, habiendo de estarse al calendario festivo de cada Administración.

+ Cuando los plazos se refieran a días naturales, habrá de hacerse mención de esta circunstancia en la correspondiente notificación.

- Plazo fijado por meses o años


. Se computan de fecha a fecha (lo que supone que finaliza un día antes del equivalente al día inicial: por ejemplo, el plazo de un mes que se iniciara el 15 de enero, expiraría el 14 de febrero, pues en otro caso, el plazo sería de un mes y un día).

. Si no hay equivalente en el mes final, el último día del mes.

- Día inicial


El siguiente a la notificación o publicación del acto de que se trate, o, en su caso, el siguiente a aquel en que se produzca la estimación o la desestimación por silencio administrativo.

- Día final


Si el último día del plazo es inhábil, el plazo finalizará el primer día hábil siguiente.

- Reglas comunes


+ Cuando un día fuese hábil en el municipio o Comunidad Autónoma en que residiese el interesado, e inhábil en la sede del órgano administrativo, o a la inversa, se considerará inhábil en todo caso.

+ La declaración de un día como hábil o inhábil a efectos de cómputo de plazos no determina por sí sola el funcionamiento de los centros de trabajo de las Administraciones públicas, la organización del tiempo de trabajo ni el acceso de los ciudadanos a los registros.

+ La Administración General del Estado y las Administraciones de las Comunidades Autónomas, con sujeción al calendario laboral oficial, fijarán, en su respectivo ámbito, el calendario de días inhábiles a efectos de cómputos de plazos. El calendario aprobado por las Comunidades Autónomas comprenderá los días inhábiles de las Entidades que integran la Administración Local correspondiente a su ámbito territorial, a las que será de aplicación. Dicho calendario debe publicarse antes del comienzo de cada año en el diario oficial que corresponda y en otros medios de difusión que garanticen su conocimiento por los ciudadanos.

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Fuente:
Apuntes de Derecho Administrativo I para la Licenciatura y el Grado en Derecho (Facultad de Derecho, Universidad de Cádiz) de María Zambonino Pulito. Página 93.