martes, 15 de octubre de 2013

Principios que rigen la organización administrativa

En el artículo 103 de la Constitución se nos dicen algunos de los principios que inspiran la organización de la Administración, siendo el resto derivaciones.

Principios Administracion

El artículo 103 establece que la Administración sirve con objetividad a los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación con sometimiento pleno a la Ley y al Derecho.

- Los principios constitucionales


. Principio de eficacia


La Administración tiene que ser eficaz. Por eficaz se entiende que la Administración tiene que poner todo lo que este a su alcance para alcanzar el fin del interés general, siempre conforme al principio de legalidad.

. Principio de jerarquía


No hay manera de estructurar una organización sin el desarrollo de una política jerárquica.

Se prevén una serie de directrices por las cuales los órganos inferiores debe obedecer y someterse al órgano superior, incluyendo la potestad disciplinaria.

Si un funcionario no cumple sus órdenes se le puede aplicar un procedimiento sancionador.

. Principio de desconcentración


La desconcentración se da dentro de una misma Administración y los órganos que la integran. De esta forma la gestión va descendiendo por los órganos de forma que se acerque al ciudadano en la medida de lo posible.

. Principio de descentralización


La descentralización es la delegación de competencias entre Administraciones distintas, de forma que a las inferiores se les delegan las funciones.

Se trata en definitiva de descargar tareas entre las diferentes Administraciones, según las necesidades de un momento determinado.

. Principio de coordinación


El principio de coordinación se define como la “fijación de medios y de sistemas de relación que hagan posible la información recíproca, la homogeneidad técnica de determinados aspectos y la acción conjunta de las autoridades estatales y comunitarias en el ejercicio de sus respectivas competencias de tal modo que se logre la integración de actos parciales en la globalidad del sistema”.

- Otros principios que informan la organización administrativa


. Principio de competencia


Con el principio de competencia se trata de conseguir una actuación eficaz mediante una distribución de las funciones y potestades que corresponden a las Administraciones Públicas y a los órganos administrativas.

. Principio de buena fe y confianza legítima


Se presume que la Administración actúa con buena fe y respetando el principio de confianza legítima.

. Principio de cooperación y colaboración


Son principios que pueden diferenciarse de la coordinación ya que esta es obligatoria, mientras que la cooperación es voluntaria. Son las decisiones que las Administraciones adoptan para coordinarse por ejemplo los consorcios (persona jurídica que se crea para un municipio y el cumplimiento de un determinado servicio).

. Principio de atribución a cada Administración pública de personalidad jurídica única


Cada una de las Administraciones públicas actúa para el cumplimiento de sus fines con personalidad jurídica única.

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Por Javier García de Tiedra González, Abogado y autor de Introducción a la Inversión, una guía para aprender desde cero a rentabilizar nuestros ahorros.

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Fuente:
Lecciones magistrales de la profesora de Derecho Administrativo (UCA) María Zambonino Pulito.