martes, 21 de octubre de 2014

La libertad de empresa: introducción y limitaciones

La libertad de empresa la podemos encontrar en el artículo 38 de la Constitución: “se reconoce la libertad de empresa en el marco de la economía de mercado. Los poderes públicos garantizan y protegen su ejercicio y la defensa de la productividad, de acuerdo con las exigencias de la economía general y, en su caso, de la planificación".

Libertad de empresa y Derecho Administrativo

Tenemos un elemento de planificación, característico también de un período anterior.

La libertad de empresa no es un derecho fundamental (Sección 2ª del Título I, Capítulo II: derechos y deberes de los ciudadanos): al igual que tampoco lo es el derecho a la vivienda.

Se trata de una libertad que se reconoce a los ciudadanos para acometer y desarrollar actividades económicas, sea cual sea la forma jurídica (individual o societaria) que se emplee y sea cual sea el modo patrimonial o laboral que se adopte.

Emprendimiento y libertad de empresa


- Elementos que caracterizan a nuestra libertad de empresa


Esta libertad de empresa vendría caracterizada, según el profesor Ariño, por los siguientes elementos: la libertad de creación de empresas y acceso al mercado; la libertad de elección del tipo organizativo de empresa y la libertad de dirección de la empresa.

No es incompatible con el reconocimiento constitucional de la iniciativa pública económica o la reserva al sector público de recursos o servicios esenciales (artículo 128.2 de la Constitución).

Directivos y libre direccion de la empresa

- Limitaciones a la libertad de empresa


+ La libertad de empresa está sujeta a las potestades de policía administrativa


Se proyectan desde el inicio de la actividad hasta la última fase de la misma.

. Sobre el inicio de la actividad: estableciendo la obligación de obtener una comunicación previa/declaración responsable, bien autorizaciones, permisos o concesiones.

. Sobre el ejercicio de la actividad: regulación/sometimiento a condiciones (limitaciones en materia de horarios, precios, descansos obligatorios, etc.).

. Limitaciones sobre la actividad empresarial globalmente considerada: control de la normas en materia de competencia (derecho de competencia).

. Sobre el control de la actividad: inspección, fiscalización, medidas cautelares, sanción.

+ Intervención administrativa de empresas


Junto a todo esto, hay otra limitación que es la intervención de empresas: aquellos casos en los que la Administración a través de potestades administrativas interviene en actividades económicas vivas.

Este mecanismo es utilizado en época reciente: en el caso de Banesto, se intervino su consejo de administración (dirigido recordemos por Mario Conde), nombrándose un nuevo consejo de administración, que dirigía una empresa privada. Luego esto ha sucedido en otras ocasiones recientes como Caja Castilla la Mancha.

----------

Por Javier García de Tiedra González, Abogado y autor de Introducción a la Inversión, una guía para aprender desde cero a rentabilizar nuestros ahorros.

----------

Fuente:
Lecciones magistrales del profesor de Derecho Administrativo (UCA) Manuel Jesús Rozados Oliva.