Una vez concluido el trámite de registro, los escritos y comunicaciones deben ser cursados sin dilación a sus destinatarios y a las unidades administrativas correspondientes desde el registro en que hubieran sido recibidas.
Derecho Administrativo
domingo, 19 de mayo de 2013
Anotación de los asientos y garantías del sistema de registro
El trámite de registro consistente en la anotación de los asientos de entrada o salida. Esta anotación debe hacerse respetando el orden temporal de recepción o salida de los escritos y comunicaciones e indicar la fecha del día de la recepción o salida.
Una vez concluido el trámite de registro, los escritos y comunicaciones deben ser cursados sin dilación a sus destinatarios y a las unidades administrativas correspondientes desde el registro en que hubieran sido recibidas.
Una vez concluido el trámite de registro, los escritos y comunicaciones deben ser cursados sin dilación a sus destinatarios y a las unidades administrativas correspondientes desde el registro en que hubieran sido recibidas.
sábado, 18 de mayo de 2013
Tipos de registros administrativos: registro general y registros auxiliares
Es un deber de la Administración el que los órganos administrativos lleven un registro general en el que se hará el asiento de toda entrada o salida de escritos -en el caso de la salida, cuando sean oficiales-.
Pero al tiempo, la LPAC permite (con carácter potestativo, pues), la creación en las unidades administrativas de otros registros (auxiliares) con el fin de facilitar la presentación de escritos y comunicaciones. Los registros administrativos auxiliares deben comunicar toda anotación que efectúen al registro administrativo general. Y es requisito para que un registro administrativo se considere auxiliar -y por tanto garantice la entrada y la salida de escritos- que se integre informáticamente en el registro general.
Pero al tiempo, la LPAC permite (con carácter potestativo, pues), la creación en las unidades administrativas de otros registros (auxiliares) con el fin de facilitar la presentación de escritos y comunicaciones. Los registros administrativos auxiliares deben comunicar toda anotación que efectúen al registro administrativo general. Y es requisito para que un registro administrativo se considere auxiliar -y por tanto garantice la entrada y la salida de escritos- que se integre informáticamente en el registro general.
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