En virtud del principio de eficacia, reconocido en el artículo 3 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común, el procedimiento administrativo debe mirarse desde una óptica antiformalista, de modo que se entienda que la eficacia prevalece frente a los puros formalismos procedimentales.
- Consecuencias, para con el procedimiento y acto administrativo, del principio antiformalista
Este principio tiene importantes consecuencias en lo que hace al procedimiento y al acto administrativo, por cuanto implica que las formalidades procedimentales tienen una naturaleza esencialmente instrumental, subordinada a los principios y valores que garanticen los derechos y la eficacia en el cumplimiento de los intereses generales. Se trata pues, de poner la forma al servicio de otros valores superiores, de modo que sirva como instrumento para su cumplimiento.
- Principios de celeridad y economía procedimental
Consecuencia del principio de eficacia son también los de celeridad (recogido expresamente en el art. 74 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común) y economía procedimental. También debe hacerse mención al principio de eficiencia contemplado en el art. 3 LPAC.
+ Materialización de los principios de celeridad y economía procedimental
Conjuntamente, estos principios se materializan en determinadas reglas como, por ejemplo, la existencia de procedimientos sumarios; la posibilidad de acumular expedientes y trámites; la conservación del acto (que a su vez tiene diversas manifestaciones recogidas en los arts. 63 a 67 LPAC: la nulidad absoluta, en caso de invalidez, es una excepción, siendo la regla general la anulabilidad; la existencia de irregularidades no invalidantes; la posibilidad de convalidar, subsanando los vicios que correspondan, los actos anulables; etc.).
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- Artículos relativos a los principios procedimentales en Derecho Administrativo
+ La importancia de los principios generales en el Derecho Administrativo
+ Principios procedimentales derivados del principio de eficacia (I): introducción
+ Principios procedimentales derivados del principio de eficacia (III): el principio de imparcialidad
+ Principios procedimentales derivados del principio de eficacia (IV): el principio de oficialidad
+ Principio in dubio pro actione
+ Principio de subsanabilidad de los actos de los interesados
+ Principio de contradicción
+ Principio de recurribilidad universal de los actos administrativos
+ Principios de publicidad y transparencia
+ Principio de gratuidad
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Fuente:
Apuntes de Derecho Administrativo de María Zambonino Pulito, Catedrática de Derecho Administrativo en la Universidad de Cádiz.